Beneficios y consecuencias de la nueva contribución opcional

Última actualización: 28 de octubre de 2020 | 2:45 pm

Foto crédito: Bureau of Labor Statistics (bls.gov)

La Reforma Contributiva del 2018 trajo nuevos cambios al Código de Rentas Internas de Puerto Rico 2011. Uno de los cambios mas notables es la nueva Sección 1021.06 que crea una nueva contribución opcional para los contribuyentes que trabajan por cuenta propia.

Esta nueva Sección permite que los contribuyentes que derivan el 80% o más de sus ingresos por trabajo por cuenta propia tributen a una tasa especial en lugar de la contribución regular, ajuste gradual y contribución básica alterna. En este artículo veremos los beneficios y consecuencias de dicha contribución opcional

Beneficios de la contribución opcional

El costo de la documentación para llenar la planilla es menor

Para la contribución opcional no se pueden deducir gastos ni reclamar exenciones personales ni dependientes. Por lo tanto, el contribuyente no tiene que cumplir con las disposiciones de la Sección 1061.15.

Esto significa un ahorro monetario porque no se necesita documentación que se hubiera necesitado si se reclaman los gastos de la industria o negocio. También, la planilla se vuelve más sencilla por lo que puede costar menos dinero ya que el proceso de verificación de la documentación y “data entry” a la planilla se vuelve menor lo que puede reducir el tiempo requerido para llenar la planilla.

Ahorro contributivo al aplicar la nueva tasa especial de la contribución opcional

El mayor beneficio que tiene la nueva contribución opcional son las tasas especiales que contiene. Las nuevas tasas especiales que contienen la Sección 1021.06 son las siguientes:

Tabla 1: Tasas contributivas de la contribución opcional

Si el ingreso bruto fuere: La contribución será:
No mayor de $100,000 6%
En exceso de $100,000 pero no mayor de $200,000 10%
En exceso de $200,000 pero no mayor de $300,000 13%
En exceso de $300,000 pero no mayor de $400,000 15%
En exceso de $400,000 pero no mayor de $500,000 17%
En exceso de $500,000 20%

Como se puede notar, la contribución opcional no llega a una tasa del 33%, si el ingreso sobrepasa de $61,500, lo que puede traer una reducción de la tasa contributiva entre 13 a 27 puntos porcentuales.

Por otro lado, los ingresos que tributarían a 7% en las tasas ordinarias tributarían a 6% bajo la nueva contribución opcional lo que significa una reducción de la tasa contributiva de 1 punto porcentual.

En resumen, la nueva contribución opcional trae una tasa menor para todos los niveles de ingresos.

Tabla 2: Ejemplo comparativo entre contribución regular y la contribución opcional

Contribución normal Contribución opcional
Ingresos 150,000 150,000
Gastos deducibles 50,000 0
Exención personal 3,500 0
Ingreso sujeto a contribución 96,500 150,000
     
Contribución regular 19,980 0
Contribución básica alterna                          4,825 0
Contribución opcional 0 15,000
     
Total a pagar 24,805 15,000
     
Ahorro contributivo    $ 9,805.00

Posible reducción del porciento de retención en el origen

La Reforma Contributiva ha aumentado el porciento de retención en el origen por los servicios prestados bajo la Sección 1062.03 de un 7% a 10%. No obstante, si el ingreso total del contribuyente es de $100,000 o menos puedes solicitar que se te reduzca el porciento de retención a 6% en vez de 10%.

Posible eliminación de la obligación de radicar la planilla

El Secretario está facultado para eximir a los trabajadores por cuenta propia que cumplan con lo dispuesto en la Sección 1021.06(b) de tener que radicar la planilla sobre contribución sobre ingresos.

Consecuencias de la contribución opcional

No se puede reclamar gastos, deducciones ni exenciones personales / dependientes

Los contribuyentes que decidan acogerse a la contribución opcional no pueden deducir ni reclamar los gastos, deducciones en el Anejo A ni la exención personal, adicional por veterano ni por dependientes.

Esto solo puede traer problemas si el ingreso neto sujeto a contribución termina siendo menor a $9,000 ya que en las tasas ordinarias no pagarías contribuciones. En contraste, en la contribución opcional tributarias los $9,000 a una tasa contributiva de 6%.

Beneficiarse del reducido porciento de retención en el origen puede hacer que pagues contribuciones cuando no existe la obligación

Acogerse al beneficio de elegir que se retenga solo el 6% en vez del 10% bajo la Sección 1062.03 para los contribuyentes cuyo ingreso bruto sea $100,000 o menos obliga al contribuyente a usar la contribución opcional al momento de radicar la planilla sin oportunidad de poderse cambiar en ningún otro momento.

Esto puede crear una incertidumbre ya que si los gastos, deducciones y exenciones personales / dependientes reducen el ingreso neto sujeto a contribución a una cantidad de $9,000 o menos, el contribuyente aún está obligado a tributar bajo la contribución opcional y pagar el 6% de dicha cantidad. Lo que resultaría en pagar contribuciones en exceso ya que con las tasas ordinarias no hubiera existido la obligación de pagar contribuciones.

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